Seguidamente este Tribunal le concede el derecho de palabra a la abogada asistente de la parte demandada, quien expuso "A fin de dar por terminado este procedimiento en nombre de mi asistido propongo la compra del inmueble objeto del presente juicio, el cual está ubicado en la Parroquia Milla, Municipio Libertador, calle 13, N° 3-81, adquirido por la señora KARINA DEL CARMEN RINCÓN FERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 10.108.289, bajo la tercera adjudicación del documento registrado en la Oficina de Registro Público del estado Bolivariano de Mérida, en fecha 16 de mayo de 1988, registrado bajo el N° 25, Protocolo Primero, Tomo 12, segundo Trimestre, por la cantidad de CATORCE MIL DOLARES AMERICANOS ($14.000), de los cuales propongo entregar en este acto y así lo hago la cantidad de SIETE MIL DOLARES AMERICANOS ($7.000) en efectivo, ello para honrar las conversaciones amistosas que hemos tenido las partes intervinientes en este juicio. Así mismo propongo a la parte de.....