Acuerda: La Retención del cincuenta por ciento (50%) de las Prestaciones Sociales, que le puedan corresponder al ciudadano EDDY ALEXANDER CONTRERAS PALACIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-8.709.409, como empleado de la Empresa de Servicios de Profesionales en Limpieza, C.A. (SEPROLIMCA), ubicada en la calle 79 entre Av. 15 ty 14 N° 14ª-43, Maracaibo, Estado Zulia. Así mismo se acuerda fijar la obligación de manutención provisional en la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,00), mensuales que serán descontados de la cuenta nomina del obligado ciudadano EDDY ALEXANDER CONTRERAS PALACIOS y depositados en la Cuenta de Ahorro N° 01020441180100023320, a nombre de la progenitora ciudadana EDLINORF NAZARETH ALDANA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.755.659. A tal efecto líbrese oficio a la Empresa de Servicios de Profesionales en Limpieza, C.A. (SEPROLIMCA)