Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida al ciudadano WILIAN ALEXANDER PIÑEIRO MORENO, venezolano, titular de la cédula de la cédula Nº V-13.064.833, soltero, agricultor, residenciado en Calle Las Carmelitas, Casa Nº 11, Nueva Bolivia, Estado Mérida; por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley sobre la violencia contra la Mujer y la Familia, vigente para el momento de los hechos en perjuicio de LAURA NADESCA ASCANIO BOGADO; de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal.