este Tribunal Primero de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, PRIMERO: se Declara Incompetente por la materia para conocer la presente demanda por DESALOJO incoada por el ciudadano JOSE GREGORIO TREJO ARAQUE, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº 12.348.335 debidamente asistido por la profesional del derecho MILDRED JANET CARRERO PAREDES, inpreabogado Nº 110.528, y en contra del ciudadano CARLOS LARA VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.046.534. SEGUNDO: Declina la competencia y acuerda remitir las actuaciones junto con oficio al Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina del estado Bolivariano de Mérida.