Este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nro. 04, del CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: DECLARAR con lugar lo solicitado por el Ministerio Público, revocando el beneficio de suspensión condicional del proceso al acusado JOSE MANUEL NOGUERA NOGUERA, identificado en las actas, por incumplimiento de las obligaciones impuestas por el tribunal, de conformidad con el articulo 46 numeral 1 del COPP, y articulo 251 numeral 4 del COPP; referido al comportamiento del imputado en el proceso, ya que incumpliendo las condiciones del tribunal demuestra una conducta negativa a la prosecución del proceso, y por cuanto existe un hecho punible como es posesión de sustancias es estupefacientes y psicotrópicas, articulo 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y Consumo de Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, en conse.....