En vista de las razones antes expuesta y en virtud de las disposiciones legales precitadas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta, la PERENCION de la presente causa N° 2110-17, intentada por la ciudadana EILENY CHIQUINQUIRA OSORIO DE CABALLERO, venezolana, mayor de edad, casada, TSU, titular de la cédula de identidad números V-17.436.919, domiciliada en la Urbanización Ciudadela Real, Sector dos, Área A, casa N° 111, de la calle 16, de la Parroquia Rómulo Betancourt, El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y hábil, asistida por el Abogado Kaswan de Jesús Valero Rondón, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.474.024, inscrito en el Instituto de Pre.....