Este TRIBUNAL DE JUICIO Nº 01 SECCIÓN ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace el siguiente pronunciamiento: DECIDE: CONDENA a los adolescentes (IDENTIDADES OMITIDAS), como autores del delito de ROBO AGRAVADO y LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previstos en los artículo 458 y 413 del Código Penal, y sancionados en el artículo 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en perjuicio del ciudadano JHON HERNANDO PERUTTI CASTILLO, a cumplir las sanciones establecidas en el artículo 620 literales "b" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, consistentes en reglas de conducta, debiendo seguir trabajando, y estudiando o en su defecto hacer un curso adaptado a sus destrezas, por el lapso de dos (02) años y la establecida en el literal "d", consistente en una libertad asistida, bajo la supervisión y orientación de la Psicólogo, adscrita al.....