EN FUERZA DE LAS ANTERIORES CONSIDERACIONES, ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO N° 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: Único: Se decreta el sobreseimiento de la presente causa seguida a la imputada MARIA ALEJANDRA SULBARAN, venezolana, natural de Mérida estado Mérida, nacido en fecha 01-02-1988, de 23 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.966.687, estado civil soltera, de ocupación ayudante de costura, hija de Ramona Sulbaran y de padre desconocido, residenciada en: Pasaje San Cristobal, Av. 8, entre calles 17 y 18. Cuadra y media mas debajo de la iglesia de Belén un callejón mas abajo del ambulatorio de Belén. Al frente de la casa 8-35. Casa de color blanca con rejas blancas, tiene un murito de ladrillos. Casa del Señor José Naco. Teléfono: 0416-1305424, de conformidad con lo previsto en los artículos 49.7 y 300 .3 del Código Orgánico P.....