FUNDAMENTACIÒN PARA DECIDIR
Una vez revisada y estudiada la presenta causa, que conforman las actuaciones NºLPO1-P-2008-004402, que dieron origen a la detención en presunta flagrancia por lesiones ocasionadas al ciudadano WILLIAM DAVID CASTILLO USECHE y al constatar de la Experticia Médico Forense realizada al referido ciudadano, se aprecia en su conclusión que las misma son LESIONES LEVÍSIMAS, que amerita una curación de 12 días, lo cual, estamos en presencia de una acción de instancia de parte agraviada por lo que asiste la razón a la ciudadana Fiscal en solicitar la libertad plena e inmediata del investigado que fuera aprehendido el día 07-11-2008. En tal sentido, este Tribunal procediendo conforme a decidir motivado en los artículos 2, 21, 23, 26 44.1 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12 y 19 del Código Orgánico Procesal Penal, se deja expresa constancia que por ser de pleno de.....