En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por los ciudadanos: JUAN JOSÉ GARRIDO RINCÓN, CARMELO ARGENIS MOTA SALAZAR Y OTROS, ya identificados, en su condición de estudiantes de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad de los Andes, asistidos por el abogado, LEONEL JOSÉ ALTUVE LOBO, ya identificado, en protección del derecho a la educación, consagrado en el artículo 102 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela, en principio, en contra de "...el ciudadano Profesor Jubilado y ex Decano: Andrey Gromisko Urdaneta Morales", y en contra de la medida cautelar dictada en fecha 25 de octubre de 2017 y la sentencia definitiva d.....