DISPOSITIVA.
Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control No. 03, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 2, 26, 49, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Decreta: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía 21° del Ministerio Público, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano: FRANK YER AGUILAR MENDEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-19.047.087, por la comisión del delito de: Violencia Física Agravada, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana: MILENA PATRICIA MARTINEZ ARRIETA, .....