DECISION
En virtud de esta norma adjetiva trascrita y lo alegado por el representante del Ministerio Público, esta instancia judicial considera que tal solicitud, es dable en razón del grave riesgo de que por su edad puedan variar su versión sobre los hechos, por tales razones, este Tribunal de Control N° 01 del Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley decide:
PRIMERO: Con fundamento en el artículo 289 del Código Orgánico Procesal Penal y artículo 555 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Sentencia con carácter Vinculante del Tribunal Supremo de Justicia, signada con el número N° 1049 de fecha 30-07-2013, con ponencia de la Magistrada Carmen Zuletta de Mercha, ACUERDA OÍR LA TESTIMONIAL del niño victima: ROYGEN JOHAN FLORES PARIGUAN, y la adolescente: ISAURA VALENTINA GUILLEN ARI.....