SE DECLARÓ CON LUGAR LA INHIBICION PROPUESTA POR LA JUEZ DE JUICIO N° 05 DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE MERIDA, ABOGADO VICTOR HUGO AYALA AYALA, por estar fundada en causa legal, todo ello por aplicación a lo dispuesto en los artículos 86 encabezamiento y ordinal 8° y 87 encabezamiento, ambos del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, compúlsese y remítase el presente Cuaderno Separado, al Tribunal correspondiente, y copia de la presente decisión, al Juez de Juicio N° 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, a los fines legales consiguientes.