El Tribunal dictó sentencia declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por GONZALEZ GULLEN ANA HILDA, venezolana, mayor de edad,, titular de la cédula de identidad Nº V-15.695.076, con domicilio El Playón Bajo, La Vega, Parroquia Gonzalo Picón Febres, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, contra los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO CUEVAS Y RODOLFO OSCAR CUEVAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números, V-4.488.674 y V-8.021.834, en su orden, cuyo domicilio es el Playón Bajo, La Vega, El Valle, Parroquia Gonzalo Picón Febres, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, por MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE PROTECCION A LA PRODUCCION.
SEGUNDO: Según lo establecido en el artículo 180 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza del presente asunto.
TERCERO: Se ordena la notificació.....