DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Solicitud de Separación de Cuerpos y de Bienes por mutuo consentimiento de los ciudadanos: ANTONIO RAMON BRICEÑO y MARIA ELENA MANCHEGO, ya identificados en autos, en consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ambos contrajeran en fecha cuatro de diciembre de mil novecientos noventa y dos (04-12-1992), por ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Autónomo Tovar, Estado Mérida, tal y como consta en Acta de Matrimonio Nº 65. En cuanto al Régimen Familiar de conformidad con la Ley, queda establecido de la siguiente manera: PRIMERO: La Patria Potestad sobre los hijos, los niños: OMITIR NOMBRES, la ejercerán ambos padres en forma conjunta, procurando brindarles la protección, alimentación, educación y afecto requeridos para su desarrollo físico, mental y emocional, así como para su formación integral. SEGUNDO: La Guarda y Custodia sobre los referidos hijos, la ejercerá la madre ciudadana MARIA ELENA MANCHEG.....