DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano EDUARDO JOSE PEREZ JAIMES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 19.422.799, residenciado en el arenal, sector los periodistas, calle Nº 9, casa Nº 01 (color verde militar, de una planta, frente al liceo Ezequiel Zamora, del municipio libertador del estado Mérida, teléfono 0274-2441862, 0426-4261131 y 0416-1157600 SEGUNDO: Se acuerda remitir copia certificada de la presente decisión a la Unidad Técnica de Supervisión y Orientación Nº 1 Mérid.....