Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Control 3, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318.4 del Código Orgánico Procesal Penal a los imputados: ANA NIETO DE FIGUERA, titular de la cedula de identidad No. 689.708, edad 72 años , nacida en Mérida, 03-09-33, ocupación Oficios del Hogar, estado civil viuda, dirección Los Llanitos de Tabay, casa azul marino; DEYSY FIGUERA NIETO, titular de la cédula de identidad Nº 10.109.660, edad 35 años, nacida en Caracas en fecha 3-10-69, estado civil soltera, ocupación costurera, dirección el cucharito, Tabay casa azul, Mérida Estado Mérida; ROSA MARLENE LACRUZ, titular de la cedula de identidad Nº 7-01-440, edad 40 años, nacida en Mérida 19-11-65, ocupación oficios del hogar , estado civil soltera, dirección La Joya vía el Arenal, a orilla de la carretera, cerca de la Bodeguita de .....