El Tribunal dictó sentencia declarando: PRIMERO: Consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia en la presente causa, seguida por la ciudadana MARIA ESPERANZA PUENTES DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.304.198, domiciliada en la Aldea Los Limones La Azulita, Municipio Andrés Bello del Estado Bolivariano de Mérida, asistida por la abogada LUISA PIÑERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.189.423, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 23.788, por SOLICITUD DE INSPECCION JUDICIAL.
SEGUNDO: Según lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no se hace especial pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de este pronunciamiento.
TERCERO: Se ordena la notificación de la parte solicitante, ciudadana MARIA ESPERANZA PUENTES DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.304.198, domicilia.....