este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Constitución y la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio incoada por la ciudadana KARELY DEL VALLE PEÑA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° 12.347.727, debidamente asistida por los abogados JAVIER REINALDO ÁVILA HERNÁNDEZ y CRISTINA MACARENA DAM QUINTERO, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 187.446 y 153.534 respectivamente, contra el ciudadano JESÚS ALIRIO TORRES RONDÓN, venezolano, mayor de edad, casado, comerciante, titular de la cedula de identidad N° 8.042.596, de conformidad con el artículo 184 del Código de Procedimiento Civil, acogiendo el criterio asentado por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 02 de junio del 2015, Exp. N° 12-1163, magistrada ponente: Carme.....