TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de divorcio por mutuo consentimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 184 del Código Civil y en la sentencia dictada el 2 de junio de 2015 (Sent. SC. Nº 693), con ponencia de la Magistrada Carmen Zuleta de Merchán, en lo que al artículo 185 ejusdem se refiere, hecha por los ciudadanos YUHANDITH ANESKA TORRES ALTUVE y GUSTAVO ENRIQUE SOTO RIOS, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nos. 21.571.490 y 23.741.241, respectivamente, con domicilio procesal la primera de los nombrados en la Urbanización El Paraíso, avenida 4, entre calles 4 y 5, N° 4-18, de la ciudad de El V.....