Este Juzgado de Primera instancia en lo penal en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: PRIMERO.- DECRETA LA APREHENSION EN FLAGRANCIA Y LA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LA LIBERTAD DEL CIUDADANO Daniel Segundo Delgado Ramírez, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 10.907.967, de 37 años de edad, natural de Caja Seca estado Zulia, casado, de profesión chofer, nacido en fecha 27-01-1971; hijo de Daniel Delgado y Olga Ramírez , residenciado en Nueva Bolivia, calle las Acacias, A-10, casa de color blanco, teléfono 0414-6671695, y/o en la Línea la Inmaculada, Estado Mérida, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL, previsto y sancionado en el encabezamiento y tercer aparte del artículo 43 de la Ley Orgánica Sobre el derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, por los hechos ocurridos e.....