este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS ALBERTO ADRIANI ANDRES BELLO OBISPO RAMOS DE LORA CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA SEDE EL VIGIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y
de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del causante RAFAEL ANDRES MARQUEZ RUJANO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 5.447.930, a la ciudadana MARIA CRECENCIA QUINTERO VILLARREAL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V.- 9.021.315, con el carácter de cónyuge. Se dejan a salvo los derechos de terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas. Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la parte interesada.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE, REGISTRESE.
DADO, FIRMADO, SELLADO Y R.....