ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DEL NUEVO REGIMEN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA INTERPUESTA POR LINDA CASAS CONTRA KATIUSKA VASQUEZ MOLERO(ya identificadas), POR MOTIVO DE COBRO DE BOLIVARES POR PRIMA DE NAVIDAD Y COMPLEMENTO DE SALARIOS. En virtud, de tal declaratoria se le condena a la parte demandada a cancelarle a la accionante de autos la suma de: PRIMA DE NAVIDAD. De conformidad con lo establecido en el artículo 278 de la Ley Orgánica del Trabajo le corresponde 98.155,22.POR COMPLEMENTO DE SALARIOS MINIMOS : Bs. 593.305,60, sumando un total de Bs. 691.460,80.