DISPOSITIVA:
Por lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara:
1.- Con Lugar la demanda interpuesta por la ciudadana ANA JURY ZAMBRANO GONZALEZ, contra la Firma Personal CAFETIN Y RESTAURANT ALF DE ALICE PAREDES, en la persona de la ciudadana ALICIA RAMONA PAREDES, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado de Mérida, en fecha 14 de octubre de 1.996, bajo el Nº 63, Tomo B-5, por los conceptos y montos especificados pro la parte actora en su libelo de la demanda más lo que resulte de la experticia consignada por el experto contable.-
en su condición de parte patronal, por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, en consecuencia condena a la parte demandada a pagar la cantidad de QUINIENTOS CUARE.....