En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación, interpuesto por el abogado Juan Agustín Ramírez Medina, en su condición de apoderado Judicial de la parte demandada, en contra de la decisión judicial proferida por el Tribunal Primero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Juan Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, en fecha Veintiséis (25) de octubre del dos mil cuatro (2004), por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: SE CONFIRMA LA DECISION de fecha 25 de octubre del año 2004; dictada por el Tribunal Primero de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Juan Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de l.....