En fuerza a las razones de hecho y derecho, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar el Recurso de Apelación, interpuesto por la abogada Xiomara Flames Saez en su condición de apoderado Judicial de la parte demandante, en contra de la decisión judicial de fecha 22 de julio del año 2002, proferida por el Juzgado Subrogado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se revoca la decisión de fecha 22 de julio del año 2002, proferida por el Juzgado Subrogado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida.
TERCERO: Se repone la causa al estado, en que se reaperture el lapso para que las .....