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DISPOSITIVA
Este Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, procediendo en sede Constitucional, y Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional, intentada por el ciudadano Giuseppe Rinaldi Trovato, en contra del Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con fundamento en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión de fecha dos (02) de marzo de 2.005, proferida por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede alterna de El Vigía.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, por la naturaleza de la presente decisión, y con fundamento en el.....