Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta por el ciudadano JOSE HERNAN RIVAS, asistido por la abogado María Virginia Pernía Ramírez, en su condición de Procuradora Especial de Trabajadores, contra la decisión de fecha 07 de octubre de 2005 dictada Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 07 de octubre de 2005, dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Mérida en la que declara desistido el Procedimiento y Terminado el Proceso.
TERCERO: .....