Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto por la abogada Dunia Chirinos Laguna, en su carácter de apoderada judicial de la parte recurrente - demandada, contra auto proferido por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede Alterna El Vigía, de fecha veintiocho (28) de septiembre de 2006.
SEGUNDO: Se confirma la decisión proferida por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, sede Alterna El Vigía, de fecha veintiocho (28) de septiembre de 2006, en la que: se abstiene acordar lo solicitado.
TERCERO: Se Condena en Costas a la parte recurrente ¿ demandada de conformidad con el artículo 62 de.....