En fuerza a las razones de hecho y derecho antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Sin Lugar el Recurso de Apelación, interpuesto por la Abogado Dominica Sciortino Finol, en su carácter de apoderado Judicial de la parte demandada Benito Antonio Rangel, contra la Sentencia dictada en fecha 24 de mayo del año 2002, proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andres Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de El Vigía, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: Se Confirma la decisión dictada en fecha 24 de mayo del año 2002, proferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial .....