este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Guillermo Ramírez Monsalve, en representación del ciudadano Gian Ashley Paredes Rondón, en contra de la sentencia publicada por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida en data 25 de marzo de 2015. En consecuencia, se ANULA el fallo recurrido por adolecer del vicio de inmotivación de la sentencia del Tribunal de Juicio, conforme al numeral 4 de la norma 243 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 74 Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Segundo: En el fondo, se declara Con Lugar la demanda y en efecto, SE ANULA la Providencia Administrativa Nº 00191.....