Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia, en Nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Ratificar el acuerdo alcanzado por las partes en el presente proceso de conciliación, contenido en la respectiva acta. En consecuencia, se exhorta a las partes a cumplir de buena fe dicho convenio.
Segundo: Se declara desistida la apelación efectuada de manera expresa por la representación judicial de la parte demandada en la audiencia oral y pública celebrada, razón por la cual, se homologa la misma, impartiéndosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
Tercero: Se ordena la remisión de este expediente, al Tribunal de Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Mérida con sede en la ciudad de El Vigía, a los fines de la homolog.....