DECLARA CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil, y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial contraído por los ciudadanos ALVIS DE JESUS ALBARRAN VERGARA y MARIA DEL CARMEN BRICEÑO DE ALBARRAN, identificados en autos, por ante la Prefectura Civil del Municipio Miranda, Timotes, Estado Mérida, hoy Registro Civil, en fecha diecisiete de junio de mil novecientos noventa y ocho (17/06/1998), según se evidencia en el acta de matrimonio Acta Nº 106.