PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos ANGÉLICA MARÍA HERRERA MIÑAN y DANIEL HUMBERTO DURAN CASTELLANO, venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad números V-12.555.266 y V-13.803.720, en su orden, ambos domiciliados en el sector Pozo Hondo, urbanización Las Montañas, calle 02, casa Nº 45, parroquia Ignacio Fernández Peña del municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida; números telefónicos 0412-2736023 y 0424-7004520, en su orden, correos electrónicos angelicamh76@gmail.com y danielhduranc@gmail.com, respectivamente; y civilmente hábiles.; a favor de su hija, la niña ZARA VICTORIA DURAN HERRERA, de cinco (05) años de edad, F.N 18/06/2018, pasaporte Nº 180190568.; pasándolo en autoridad de cosa juzgada.