Visto el anterior CONVENIMIENTO DE FIJACION DE OBLIGACIOND DE MANUTENCION Y BONOS, presentado por la ciudadana ROSARIO RIVAS IZARRA, Defensora Publica Quinta en Materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a solicitud de los ciudadanos SANCHEZ FREITES DANIEL JOSE y DIAZ DAVILA YENNIFER LOURDE, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-24.198.471 y V-23.721.831, respectivamente, a favor de su hija SE OMITE NOMBRE ART. 65 LOPNNA, de 2 años de edad. Este Tribunal da por recibida la anterior solicitud y sus recaudos, fórmese expediente, désele entrada y el curso de Ley, háganse las anotaciones estadísticas correspondientes, y se admite en cuanto a lugar a derecho por no ser el mismo contrario al orden público a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. En ese sentido y habiéndose revisados todos los términos expuestos en dicho convenio, prevaleciendo sus derechos e intereses y en aras de garantizarlos, en consec.....