PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR AL EXTRANJERO, CAMBIO DE RESIDENCIA, INSTITUCIONES FAMILIARES Y REPRESENTACIÓN ESPECIAL, requerida por el ciudadano OSVEL DANILO URDANETA LA CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-18.966.887, domiciliado en el municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, y civilmente hábil; a favor del niño SALVADOR DAVID URDANETA ZAMBRANO, de nueve (09) años de edad, F.N.:22/04/2014, pasaporte N° 175503580, y los adolescentes OSVEL SANTIAGO URDANETA ZAMBRANO, de quince (15) años de edad, F.N.:03/10/2008, titular de la cédula de identidad N° V-32.798.207, pasaporte N° 175502356, y SEBASTIÁN ALEJANDRO URDANETA ZAMBRANO, de dieciséis (16) años de edad, F.N.:26/04/2007, titular de la cédula de identidad N° V-31.896.620, pasaporte N° 175503519.