, se declara: PRIMERO: CON LUGAR LA MEDIDA DE PROTECCION, en consecuencia, se otorga de manera TEMPORAL a la ciudadana FRANCISCA MARIA ARAUJO SALINAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad Nº V- 3.039.223, domiciliada en el sector Bella Vista, Boulevard Los Cedros, Nº 17, Ejido, Estado Mérida, LA COLOCACION FAMILIAR Y REPRESENTACION LEGAL del ciudadano niño OMITIR NOMBRE, de ocho años de edad, quedando facultada de manera provisional para ejercer la crianza, custodia, vigilancia, asistencia material, moral y afectiva del mencionado niño. SEGUNDO: Se ordena a la referida ciudadana, a inscribirse de inmediato, en el Programa de Colocación Familiar que se encuentre activo en el Municipio Campo Elías del Estado Mérida o en su defecto realizar los tramites pertinentes a través del Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENA-MERIDA). TERCERO: De conformidad con el artículo 401-B, se ordena al responsable del Programa de Coloca.....