Este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA. SEDE EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, CONCEDE LA AUTORIZACIÓN JUDICIAL SOLICITADA, para que la niña: OMITIR NOMBRES, de once (11) años de edad, viaje fuera del país, acompañada por su representante legal la ciudadana: LUZ ENITH CARREÑO JAIME, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.306.062. Señalando que la presente autorización tiene vigencia desde el día el 11 de octubre de 2015, saliendo desde el aeropuerto de La Chinita en Maracaibo y llegando a Aruba al aeropuerto Reina Beatriz, y regresando el 15 de octubre del presente año desde el aeropuerto Reina Beatriz al aeropuerto de La Chinita en Maracaibo. Entréguese por Secretaría copia debidamente certificad.....