PRIMERO: la CONFESION FICTA del ciudadano JOSE MATEO OBANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.764.574, residenciado en el Sector La Asunción Loma de los Maitines, final de la vía principal, Parroquia Lazzo de la Vega, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida
SEGUNDO: CON LUGAR la demanda propuesta por el abogado SALVADOR BENITEZ CADENAS, en su carácter de Defensor Público Segundo Agrario del Estado Bolivariano de Mérida, actuando por requerimiento del ciudadano JOSE ANDRES CONTRERAS MERCHAN, contra el ciudadano JOSE MATEO OBANDO, todos antes identificados, por ACCION DERIVADA DE DERECHO DE PERMANENCIA.
TERCERO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior, se le ORDENA al demandado de autos, ciudadano JOSE MATEO OBANDO, el cese inmediato y definitivo de cualquier acto de perturbación por el o por terceras personas contra la posesión y producción agrícola ejercido por el ciudadano JOSE ANDRES CONTRERAS MERCHAN, en el fundo.....