Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común conforme lo establece el artículo 185 del Código Civil Venezolano en concordancia con la Sentencia Vinculante N° 1070/2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia hecha por la ciudadana YUSNEY YOLIMAR BARRIOS DE GIL de nacionalidad venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-14.762.477, correo electrónico: yusneyybr24@gmail.com, teléfono 0414-7562829 domiciliada en la Urbanización Carabobo, vereda 24, N° 13, Parroquia Rómulo Betancourt, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por la ABG. LIGIA XIOMARA MÁRQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.241.460, Inscrita en el Inpreabogado bajo N° 194.987, con el Carácter de Defensora Pública Provisorio Segunda de competencia Civil, Mercantil y Transito de la Unidad de la Defensa Pública del estado Bolivariano de Mér.....