Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS en consecuencia; téngase como Únicos y Universales Herederos del causante AURELIO ALBARRAN DUGARTE (+), quien en vida, fuera venezolano, de estado civil casado, mayor de edad, títular de la cédula de Identidad Nº V- 8.029.407; quien falleció en fecha 26 de octubre de 2016, según Acta de Defunción Nº 927, de la misma fecha, emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Domingo Peña del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, a la ciudadana OXSALIDES MARGARITA MORENO, venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº V-9.791.677, por ser legitima esposa del causante, según se verificó de A.....