Por las razones anteriormente expuestas este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas De Los Municipios Campo Elías y Aricagua, De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos RAMÓN ELY ROSALES ROJAS y YUSMARY SANTIAGO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 8.002.934 y V- 16.443.359, en su orden, domiciliados el primero en la Urbanización Carabobo, calle Nº 05, sector Las Flores, casa Nº 71-15, Mérida, Estado Bolivariano de Mérida, y la segunda en la Vía Aguas Calientes, La Campiña "B", casa Nº 18, Ejido, Municipio Campo Elías del Estado Bolivariano de Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombra.....