LA DISPOSITIVA.
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME OTORGA LA LEY, DECLARA:
PRIMERO:CON LUGAR el divorcio solicitado por los ciudadanosELIANA BERENICE LACRUZ JUCHT y ALEJANDRO JOSE MUJICA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-17.455.299 y V-15.448.475 respectivamente, domiciliada la primera en la Urbanización Santa Mónica, bloque 03, apartamento Nº 02-11 del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, el segundo domiciliado en las Residencias monseñor Chacón, torre H, apartamento Nº 6-3 del Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, de conformidad con el artículo 185 del Código Civil en concordancia con la sentencia Nº 446/2014 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 02 de junio de 2015. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial entr.....