L A D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD QUE ME OTORGA LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, EL DIVORCIO DEMANDADO por la ciudadana YAJAIRA ESTHER NUÑEZ PAREDES, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-10.598.254, N° de teléfono: 0426-170-13-74, correo electrónico: yesteher.parede@gmail.com, con domicilio procesal en: Avenida Universidad, calla 1, Pasaje Las Vega De La Isla, Casa N°185, Parroquia Milla, Municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, asistida en este acto por la abogada en ejercicio Luz Coromoto Dávila Ramírez, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.024.325 inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº 50.101, de este domicilio y hábil, en el cual demanda el DIVORCIO DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 185 DEL CODIGO CIVIL, EN CONCORDANCIA CON LA SENTENCIA N° 1070 DE LA S.....