En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos CARLOS ANTONIO ARANDA TRUJILLO, actuando en nombre propio, siendo venezolano, mayor de edad, de estado civil casado, titular de la cédula de identidad N° V- 9.199.089, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.536, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil y MÉLANI GUILLÉN DE ARANDA, venezolana, mayor, de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad N° V- 8.027.559, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábiles, asistida en este acto por el abogado en ejercicio CARLOS A.....