En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LAREPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por la ciudadana MAGALY MARÍA PÉREZ SOTO, venezolana, mayor de edad, de estado civil casada, titular de la cédula de identidad Nº V-9.476.732, domiciliada en la ciudad de Mérida, Municipio Libertador de esta ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida en este acto por el abogado en ejercicio RAMÓN ANTONIO MERCADO ALTUVE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.771.174, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 96.865, domiciliado en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil. En consecuencia se declara dis.....