En atención y consideración a lo anteriormente expuesto, es por lo que este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SIN LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN, intentada por la ciudadana FRANCELINA JAIME CHOGO, venezolana, soltera, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.215.367, domiciliada en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, debidamente asistida por el abogado en ejercicio LEONARDO CARRERO GUILLÉN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-9.399.263, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 69.930, domiciliado en la ciudad de El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente.....