DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante JOSE GERARDO UZCATEGUI SANCHEZ, quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.994.272, a los ciudadanos: Con el carácter de esposa, MARIA MAURA DE UZCATEGUI, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.198.803 y con el carácter de hijos legítimos, a los ciudadanos GERARDO JAVIER UZCATEGUI SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V -11.664.118, DAYNAR UZCATEGUI SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula d.....