DISPOSITIVA
En consecuencia, por las consideraciones anteriormente hechas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución y sus leyes, y de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ANTONIO RONDON RIVAS , quien era venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 2.454.585, a los ciudadanos, MATILDE MARIA ROJAS DE RONDON, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 8.018.257, con el carácter de esposa legitima y a los ciudadanos MARY TERESA RONDON ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nº V.-10.102.672, TEYDA CAROLINA RONDON ROJAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.468.885, EDGAR .....