esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Apelación interpuesta por la Abogada MAYRA JACQUELINE MOLINA RONDÓN, actuando en representación del ciudadano JOSÉ ALFONSO ZAMBRANO, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, de fecha 19-07-2004, mediante la cual Negó la entrega del vehículo RÚSTICO, MARCA MITSUBISHI, CLASE CAMIONETA, MODELO DAKAR, COLOR VERDE, PLACAS TAD-77E, AÑO 1998, SERIAL DE CARROCERÍA V13VNA00025, SERIAL DEL MOTOR 6GT2CD3882.
SEGUNDO: ORDENA la entrega en calidad de GUARDIA y CUSTODIA del vehículo descrito, al ciudadano JOSÉ ALFONSO ZAMBRANO, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 8.013.935, sujeto a las siguien.....